Vuelve a regir la reforma laboral: claves sobre vacaciones, indemnizaciones y banco de horas
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo dejó sin efecto la medida cautelar que mantenía suspendidos más de 80 artículos de la modernización laboral.
La normativa actualiza diversos aspectos del día a día laboral, permitiendo una mayor flexibilidad mediante acuerdos escritos:
- Banco de horas: Empleadores y trabajadores pueden pactar por escrito la compensación de horas extraordinarias. Se permite alternar jornadas prolongadas con otras más cortas sin superar los topes legales, siempre respetando el descanso mínimo de 12 horas entre jornadas.
- Vacaciones: Se mantiene el período tradicional (octubre-abril), pero se habilita el acuerdo para tomarlas fuera de ese lapso. Además, la licencia se puede fraccionar en segmentos de al menos siete días consecutivos.
- Garantía de verano: En caso de otorgarse de forma no simultánea, el empleador debe asegurar que cada trabajador goce de sus vacaciones en temporada estival al menos una vez cada tres años.
Nuevo esquema de indemnizaciones y pagos
La reforma redefine cómo se compensa el fin del vínculo laboral y cómo se actualizan las deudas judiciales:
Cálculo de despido: La base se limita a la remuneración mensual, normal y habitual, excluyendo explícitamente el aguinaldo (SAC) y las vacaciones.
Actualización de créditos: Las deudas laborales se ajustarán por el Índice de Precios al Consumidor (IPC) más un 3% anual.
Fondo de cese laboral: Los convenios colectivos pueden crear fondos de capitalización individual (similar al régimen de la construcción) para sustituir la indemnización tradicional mediante aportes mensuales del empleador.
Pago en cuotas: Las grandes empresas podrán cancelar condenas judiciales firmes en hasta 6 cuotas; las PyMEs y empleadores individuales tendrán hasta 12 meses.
Otros puntos centrales de la modernización
Período de prueba: Se extiende a seis meses de forma general, pudiendo llegar a ocho meses en empresas de hasta cinco empleados.
Multas por informalidad: Se eliminan las sanciones por empleo no registrado de la Ley 24.013. Se prioriza la regularización mediante un sistema donde el empleador queda exento de multas si abona las diferencias salariales y aportes adeudados.
Digitalización y bancarización: El registro ante ARCA será suficiente y los libros laborales podrán ser digitales. El pago de salarios deberá realizarse exclusivamente por vía bancaria o entidades oficiales.